viernes, 30 de marzo de 2012

21. Derecho a copia

27 de marzo de 2012


La doctrina de la Dirección General de los Registros y del Notariado durante los años 2009, 2010 y 2011 en materia de derecho a copia de instrumentos públicos se puede resumir en los siguientes apartados:

1. Copia de testamento
Heredero: no basta la simple manifestación de la cualidad de heredero para tener derecho a copia de escrituras en las que estuviera interesado el causante, sino que es necesario acreditar dicha condición (22.07.2011).
Acreedor del causante: el acreedor del causante, por el simple hecho de serlo, no tiene derecho a copia de su testamento con el fin de averiguar la identidad del heredero (02.06.2011).
Comunidad de propietarios: el presidente de la comunidad de propietarios no tiene derecho a copia del testamento de un vecino para reclamar cuotas atrasadas a los herederos (02.11.2010).
Parientes: no tienen derecho a copia del testamento todos los herederos abintestato, sino solamente los llamados a heredar por nulidad del testamento (17.06.2010). Tienen derecho a copia del testamento todos los mencionados en el art. 226 RN (15.07.2011). Debe acreditarse la relación de parentesco con la causante (10.10.2011).
Hacienda: el notario tiene obligación de suministrar información de naturaleza tributaria a la Administración (30.11.2011).
Apoderado: el poder para intervenir en herencias faculta para pedir copia del testamento (01.12.2011).


2. Solicitud
Teléfono: la copia de una escritura no se puede solicitar por teléfono porque no se acredita la identidad del solicitante (17.08.2010), (17.12.2010).
Burofax: la solicitud por burofax no es admisible (30.12.2009).
Carta: la solicitud por carta debe tener la firma legitimada para acreditar la personalidad del solicitantes (26.08.2011).
Poder para pleitos: el apoderado para pleitos no tiene poder para solicitar copia de una escritura (02.12.2011).

3. Socios de una sociedad mercantil
Documentos de la sociedad: el socio no tiene derecho a copia de los documentos otorgados por la sociedad con terceros, sino que debe pedirlos a los administradores en la Junta correspondiente (18.11.2009), (27.10.2010). Sin embargo, sí tiene derecho a copia el administrador de la sociedad, pero debe acreditar su cargo (04.03.2011). Si el solicitante es un consejero ya cesado en el cargo no tiene derecho a copia (17.12.2009).
Acuerdos sociales: los socios tienen derecho a copia de los acuerdos sociales y, por tanto, también tienen derecho a copia de los mismos sus herederos o albaceas (02.03.2011), (10.03.2011).
Constitución social: los socios tienen derecho a copia de las escrituras de constitución o modificación de la sociedad, pero no de los contratos celebrados por la sociedad con terceros (26.10.2009), (17.11.2009), (27.04.2010).
Transmisión de acciones: un socio no tiene derecho a copia de la escritura de transmisión de acciones de una sociedad (10.05.2011).
        
4. Supuestos de copropiedad
Copropietario: el copropietario de un bien tiene derecho a copia de las actas relativas a dicho bien, salvo las que puedan afectar a defensa de la intimidad del otorgante (28.10.2010).
Propiedad horizontal: el propietario de una vivienda tiene derecho a copia  de la escritura de división horizontal del inmueble (03.03.2011).
Propietario: el propietario del edificio donde ha levantado un acta el inquilino no tiene derecho a copia del acta (18.10.2011). El propietario del edificio colindante no tiene derecho a copia (21.12.2011).

5. Investigación del protocolo
Estado físico: el estado defectuoso del protocolo no es causa suficiente para denegar una copia solicitada si se tiene interés legítimo (25.08.2010).
Determinación: la solicitud de copia debe concretar la fecha de la escritura, el notario no está obligado a investigar el protocolo (07.03.2011), (12.11.2009), (22.11.2011), (14.12.2011).
Antecedentes familiares: la investigación de antecedentes familiares no es interés legítimo para solicitar copias (13.07.2011).

6. Actas de remisión de carta
Destinatario: el destinatario de una carta remitida por conducto notarial tiene derecho a copia de la total acta de remisión de la carta (24.05.2011).
Parientes: el hijo de la remitente de la carta no tiene derecho a copia del acta de remisión de carta, prevalece el derecho de intimidad (19.10.2011).

7. Derecho a copia
Interés legítimo: no tiene derecho a copia de una escritura quien no es parte de la misma ni tiene derecho alguno en el contrato (09.04.2010).
Definición de interés legítimo: se aprecia por el notario (18.06.2010). El interés legítimo debe tener la entidad suficiente para hacer claudicar el secreto de protocolo (04.10.2011).
Apoderado: el apoderado no tiene interés legítimo para solicitar copia de su poder salvo autorización expresa (04.10.2011), (28.11.2011), (09.12.2011), (13.12.2011).
Exhibición de matriz: quien tiene derecho a copia tiene derecho al examen de la matriz (17.10.2011), (07.12.2011).
Identidad de finca: la alegación de identidad de la misma finca no concede derecho a copia de una escritura anterior (14.11.2011), (23.11.2011).
        
8. Carácter ejecutivo
Orden: el carácter ejecutivo no tiene que coincidir con la primera copia de la escritura. Cada interesado tiene derecho a su primera copia (23.06.2010).